Queja laboral por vulneración al derecho de la libertad, autonomía y fuero sindical

Febrero 4 de 2021

SINTRATELEFONOS como representante legítimo de los derechos de los trabajadores acaba de instaurar una nueva acción, una querella ante el Ministerio de Trabajo para impedir que se violen las condiciones de trabajo y la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión.

El Fondo de Prestaciones Sociales tuvo origen en el acuerdo convencional – bilateral entre SINTRATELEFONOS y ETB en la Convención Colectiva 1948 – 1949, siendo este objeto de regulación posterior por parte del Reglamento Interno del Trabajo y Acuerdos Convencionales.

En reiteradas ocasiones la Organización Sindical y en cumplimiento de lo pactado en nuestra Convención Colectiva y Reglamento Interno de Trabajo, como dueño y garante del punto convencional “FONDO DE PRESTACIONES” ha instado a la administración de ETB a dar cumplimiento y detener las prácticas dilatorias que están ejecutando para la creación de la junta del fondo.

Es importante resaltar que la organización sindical SINTRATELEFONOS ha realizado diferentes acciones legales desde el año 2003 para lograr determinar si la ETB vulnera la constitución y la ley al realizar el pago de prestaciones sociales con los aportes realizados por los mismos trabajadores.

SINTRATELEFONOS denuncia públicamente que el fondo de prestaciones viene siendo aprovechado por personas inescrupulosas que vienen engañando y creando falsas expectativas de reconocimiento económico a los compañeros que fueron despedidos, se fueron en planes de retiro anticipados, se acogieron a acuerdos transaccionales y pensionados. Estos personajes se valen del desconocimiento de los compañeros para instaurar denuncias a la Organización Sindical con una interpretación acomodada de la norma.

En particular, reiteramos que la interdependencia e indivisibilidad existente entre los derechos civiles y políticos, y los económicos, sociales y culturales, deben ser entendidos integralmente y de forma comprendida como derechos humanos, sin jerarquía entre sí y exigibles en todos los casos ante aquellas autoridades que resulten competentes para ello.

JUNTA DIRECTIVA Y COMISIÓN DE RECLAMOS

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