Sobre la acción de grupo que pretende el reconocimiento y pago del descuento del 4% del salario con destino al fondo de prestaciones sociales
Recientemente, SINTRATELÉFONOS conoció que 52 trabajadoras y trabajadores activos y pensionados de ETB a través de su apoderado judicial presentaron solicitud de conciliación en acción de grupo en contra de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría Distrital del Hábitat, Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá, SINTRATELÉFONOS, Fiduciaria la Previsora y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, mediante la cual pretenden el pago por un supuesto daño antijuridico causado a los trabajadores demandantes, materializado en la acción y omisión de las accionadas por el descuento del 4% de su salario con destino al Fondo de Prestaciones Sociales.
Frente a la acción en curso, respetuosamente informamos que la Junta Directiva de SINTRATELÉFONOS no ha avalado la interposición de esta demanda para el reconocimiento de la pretensión económica, por lo que, los trabajadores o pensionados que decidan de manera voluntaria sumarse al grupo de accionantes, deberán asumir a riesgo propio de los resultados procesales de dicha acción judicial. Asimismo, reiteramos que la Organización Sindical, bajo ningún criterio responderá solidariamente por decisiones de manera personal que nunca fueron debatidas, accionadas, evaluadas, acreditadas y a su vez, no se ha comunicado de manera institucional.
Ahora bien, sobre el particular indicamos que SINTRATELÉFONOS direccionado por nuestros asesores jurídicos BALLESTEROS ABOGADOS ASOCIADOS, considera que el medio idóneo para la interposición de la litis (disputa jurídica), que se pretende forjar es la jurisdicción ordinaria laboral -esto debido a la naturaleza del descuento- del 4% Fondo de prestaciones-, en contraposición a la jurisdicción administrativa. Lo anterior, sin perjuicio de desconocer ninguna actuación, pero advirtiendo nuestra posición como.