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Declaración de renta año gravable 2020 personas naturales

Bogotá, agosto 9 de 2021.

la JUNTA DIRECTIVA recuerda a todas y todos y sus afiliados que, debemos tener en cuenta las fechas establecidas para presentar la declaración de renta, son términos definitivos de acuerdo con los dos últimos dígitos de su número de cédula de ciudadanía y, el plazo de vencimiento para presentar declaración de renta INICIA EL PRÓXIMO 10 DE AGOSTO – HASTA EL 20 DE OCTUBRE DEL 2021.

Durante el año 2021 las personas naturales estarán obligadas a presentar la declaración de renta y complementario para el año gravable 2020 en las fechas establecidas por el Gobierno Nacional. La atención personalizada se hará en las instalaciones de la Organización Sindical SINTRATELEFONOS, dirección: CRA  8 # 20 – 57 Piso 6, y de manera virtual, comunicarse con los siguientes números de teléfonos:

Teléfonos:  3208928543 – 3157295344

WhatsApp: 3157295344

Conmutador: 3443030 ext. 114, 115.

El incumplimiento con las fechas estipuladas para la presentación de la declaración y el no pago de este impuesto, GENERA una sanción correspondiente al 5% del total del impuesto a pagar, y corren intereses de mora del (29,45%) por presentación de la declaración de renta extemporánea.

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Declaración de Renta Año Gravable 2020 personas naturales

Bogotá, julio 27 de 2021.
la JUNTA DIRECTIVA atendiendo las necesidades de sus afiliados, asumirá el costo total de la elaboración de la declaración de renta para las y los trabajadores afiliados a su Organización Sindical que estén obligados a declarar.

Durante el año 2021 las personas naturales estarán obligadas a presentar la declaración de renta y complementario para el año gravable 2020 en las fechas establecidas por el Gobierno de Colombia, siempre y cuando a 31 de diciembre del año 2020 superen los montos mencionados a continuación:

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GOBIERNO PROPONE AUMENTO SALARIAL DE 0,19% A LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

8 de julio de 2021

La Junta Directiva y comisión de reclamos de SINTRATELEFONOS denuncia públicamente las nefastas políticas y la mezquindad del gobierno que pretenden menoscabar los derechos sindicales, laborales, sociales y económicos de nuestros compañeros ESTATALES.

SINTRATELEFONOS rechaza enfáticamente el ofrecimiento del Gobierno Nacional que presentó su oferta de aumento salarial para los empleados públicos del 0,19% para la vigencia fiscal de 2021, logrando con esto desmejorar las condiciones de ingreso y poder adquisitivo de la clase trabajadora. Exigimos se cumplan los acuerdos alcanzados en 2019, que a la fecha han sido burlados sistemáticamente por este regresivo gobierno.

SINTRATELEFONOS respalda las justas luchas de todas y todos los trabajadores acompañando solidariamente a nuestros compañeros de la organización sindical UNETE Unión Nacional de Trabajadores del Estado y demás organizaciones sindicales de los servicios públicos haciendo de sus demandas nuestra lucha.

                                               JUNTA DIRECTIVA 

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Convención Colectiva de Trabajo 2021 – 2023 y documentos anexos

Convención Colectiva 2021 – 2023

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Cartilla de Acuerdos

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La justicia nuevamente le da razón a Sintratelefonos

11 de mayo de 2021

El pasado 23 de febrero de 2021, la ingeniera MARTHA LUDIVIA RUIZ TRUJILLO interpuso acción de tutela en contra de SINTRATELEFONOS, con el fin de que el Juez Constitucional declarara NULO la solicitud de explicaciones que la organización sindical le peticionò en calidad de afiliada a la organización sindical.

SINTRATELEFONOS en contestación a la acción de tutela, le manifestó al Juzgado que en la solicitud de explicaciones a la afiliada MARTHA LUDIVIA RUIZ TRUJILLO le había garantizado el debido proceso. Adicionalmente, contextualizò al Juzgado en que dicha solicitud se había iniciado en razón a que, la afiliada decidió negociar el FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES en el pliego de peticiones de ASPROTIC, aun cuando se conoce que el Fondo tiene su origen en un acuerdo bilateral-convencional suscrito entre SINTRATELEFONOS y ETB, por lo que incluirlo en otra negociación implicaría excluir de su regulación cerca del 90% de los afiliados a SINTRATELEFONOS, que en cifras representaría casi a 1300 afiliados.

El 10 de marzo de 2021, el Juzgado Treinta y Dos (32), luego de analizar los argumentos expuestos por SINTRATELEFONOS, mediante fallo de primera instancia decidió NEGAR por improcedente la acción de tutela presentada por la ingeniera MARTHA LUDIVIA RUIZ TRUJILLO, además de no encontrarse probado un perjuicio irremediable.  

En segunda instancia, el 27 de abril de 2021 el Juzgado Cuarenta y Ocho (48) Civil del Circuito de Bogotá CONFIRMÓ en su totalidad el fallo de primera instancia por ser improcedente. 

La justicia constitucional de esta manera decidió darle la razón a SINTRATELEFONOS al considerar que su actuar ha estado ajustado a nuestro ordenamiento jurídico, razón por la cual, no se le ha vulnerado o amenazado los derechos a la ingeniera MARTHA LUDIVIA RUIZ, así como tampoco, se puede concluir que el Juez Constitucional deba intervenir para prevenir un supuesto perjuicio. 

Entre los individuos, como entre las Naciones, el respeto al derecho ajeno, es la Paz”.

JUNTA DIRECTIVA y COMISIÓN DE RECLAMOS 

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